
La Fiscalía Civil y Comercial y el Contencioso Administrativo Federal N° 8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) emitieron dictamen a favor de un miembro de Gendarmería Nacional para ser trasladado a Puerto Iguazú “inmediatamente y sin demora”Misiones, y allí podrá atender a su hija discapacitada, quien por prescripción médica necesita el apoyo de la familia.
Según un oficial de Gendarmería, las autoridades de esta fuerza ordenaron su traslado a la CABA y rechazó su pedido de permanecer en Puerto Iguazúuna ciudad en la que -por sus servicios- “la familia ha ganado estabilidad y una casa propia”.
La medida fue tomada por el titular del Ministerio Público, Fabián Candaa favor de la demanda de amparo interpuesta por un gendarme al que se le ordenó prestar servicio en la CABA, informó este martes fiscal.gob.ar.
La decisión de trasladar al gendarme al pelotón 13 de esta ciudad misionera fue emitida el 23 de diciembre del año pasado.
Juez María Alejandra BiottiEl presidente del Juzgado N° 5 de jurisdicción, dictó medida cautelar suspendiendo el traslado.
La fiscalía destacó la extraordinaria atención que la niña debe recibir por parte de su núcleo familiar en base a las recomendaciones de los paramédicos que la visitan.
Además, analizó aspectos del derecho nacional e internacional que obligan al Estado argentino a tomar medidas positivas para garantizar que las personas con discapacidad -especialmente niños y niñas- tengan acceso a sus derechos fundamentales.
Como se mencionó, la niña demostró tener un 76% de retraso en la adolescencia, por lo que a su padre y a su madre se les aconsejó “no generar cambios en la movilidad familiar a otro lugar, ya que esta situación sería otra fuente de estrés que tuvo un impacto negativo en su salud y rendimiento escolar”.
Canda sentenció que “la aplicación del marco constitucional, convencional y legal en materia de protección de las personas con discapacidad” reafirma la legitimidad de la acción de amparo en este caso.
Destacó, entre otros, los argumentos de que la titularidad se sujeta a las mismas reglas para la asignación de cargos y la asignación de miembros de la gendarmería militar, que en su artículo de 2003 establece que el familiar y/o familiar depende legalmente de la institución.