Punto por punto: lo que dice la ley, quién está protegido y cuánto pagar

Las dudas sobre los puntos más sutiles de las reglas que imponen un impuesto sobre el patrimonio aumentaron por las nubes después de eso. regulación, este Viernes.

La regla estipula una tarifa única de TAsa entre 2 y 3,5% para activos individuales que hayan declarado más de $ 200 millones, que cubrirá a 12.000 contribuyentes.

El reglamento fue establecido por el Decreto 42/2021, tiene 12 artículos y fue firmado por el presidente Alberto Fernández, el presidente de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Economía, Martín Guzmán.

Solidaridad y contribución destacadas Está diseñado para que el Ministerio de Hacienda agregue aportes adicionales de personas con mayor capacidad económica en un contexto de emergenciacomo la pandemia mundial de coronavirus. La iniciativa surgió de una serie de ideas y propuestas que fueron adaptadas y promovidas específicamente por la Presidencia de la Comisión de Presupuesto de la Cámara Baja, Carlos Heller (FdT-CABA), y el jefe del bloque FdT en Diputado, Máximo Kirchner, quien se convirtió en la cara pública del proyecto.

Quién está cubierto por el impuesto sobre el patrimonio:

Según el artículo 2 del reglamento, lo que cubre este impuesto son:

  • NS Particulares y bienes indivisos residentes en el país, para todos sus activos tanto en el país como en el exterior, entendido y apreciado de conformidad con lo dispuesto en la ley 23.966, de Impuesto sobre la propiedad personal.
  • Ellos son de Nacionalidad Argentina que estén domiciliados o que residan en “jurisdicciones no cooperativas o” jurisdicciones con impuestos bajos o sin impuestos, de conformidad con los artículos 19 y 20 Ley del Impuesto sobre la Renta.
  • NS bienes individuales e indivisos que residen en el extranjero, Salvo lo señalado en el segundo párrafo del párrafo anterior, todos los bienes del país están incluidos y valuados de acuerdo con lo dispuesto en el Título VI de la Ley 23.966.

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Cuanto pagar

NS Ley 27605/2020, aprobado en el Congreso el 4 de diciembre y promulgado el 18 del mismo mes, estableciendo una tasa única de cotización 2% sobre activos de personas físicas que hayan declarado más de $ 200 millones en impuestos sobre bienes personales (aunque la tasa aumenta según la herencia).

La tarifa que se cobrará aumentará según el rango de ganancias inesperadas anunciado:

  • Será de 2,25% para aquellos entre $ 300 y $ 400 millones,
  • de 2.5% para aquellos con entre $ 400 y $ 600 millones,
  • y 2,75%, para esos activos entre $ 600 y $ 800 millones.
  • La contribución subirá a 3% en el caso de riqueza entre $ 800 y $ 1500 millones.
  • Esto se extenderá al 3.25% para aquellos con entre $ 1,500 y $ 3,000 millones..
  • Y finalmenteA aquellos con activos que superen este último valor se les cobrará una comisión del 3,5%.

Punto por punto: lo que dice la ley, quién está protegido y cuánto pagar

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