NS Fecha límite 30 de junio para que los dependientes y jubilados, que hayan recibido ingresos brutos anuales durante el último año, igual o superior a 2 millones de dólares, representar declaración informativa Impuesto sobre la renta y bienes muebles.
este sombrero no actualizado por AFIP, para eso es una obligación cubrirá a más personas porque los aumentos nominales de salario y las altas pensiones no se reflejan, por ahora, en el valor que sirve de límite que obliga a realizar presentaciones.
Por un monto de $ 2 millones todos los conceptos que componen el salario del año pasado deben contarse, como: salario base; todos los extras; el bono; obsequios y bonificaciones; partidas no remunerativas resueltas con aumentos y suspensiones pandémicas.
Confirmado: AFIP retrasará el pago de utilidades y bienes personales, pero ¿para quién?
La obligación también incluye remuneraciones exentas de impuestos, como el salario de Justicia; compensación laboral; retiro voluntario; y ajustes de pensiones.
La Declaración del Impuesto sobre la Renta consiste en declarar ingresos, retenciones y retenciones realizadas por el empleador. Para el juramento de declaración de propiedad mueble, se informan los bienes poseídos al 31 de diciembre de 2020.
Ambos son informativos en principio, porque no significan dar el monto a pagar. Sin embargo, Si de alguno de ellos surge algún saldo impago de impuestos, se requiere registro formal en impuestos ante la AFIP. y presentación de declaración en la fecha de vencimiento del impuesto general, que va del 11 al 15 de junio (la fecha reportada por la AFIP será diferida).

Impuesto sobre la Renta, es posible que el empleador debido a su error y negligencia no haya descontado el impuesto total del año pasado; o, que el empleado está tratando de recuperar algunos de los costos asociados con su trabajo y que no puede renunciar a ellos bajo el régimen de retención de cuarta categoría. Estos asuntos requieren que el empleado sujeto de impuesto ingrese la diferencia o solicite un reembolso para sustentarlo o reponerlo con Bienes Personales, en caso de que tenga que pagar los demás impuestos.
En Bienes Muebles puede surgir que luego de preparar la declaración de información resulte que el inmueble exceda el mínimo de Bienes Muebles no tributables retenidos -sin ser actualizado- de dos millones de pesos, como es el caso de los diferentes mínimos que rigen en el Sistema tributario argentino.
Una declaración jurada informativa sobre Bienes Personales consiste en presentar una recopilación de datos que se refiere a los bienes de los empleados que se solicita a la AFIP. Esta declaración no tiene que mostrar el saldo a pagar, sino que se convierte en un determinante. Cuando solo se requiera presentar una declaración informativa escrita, no sería adecuado el registro formal en impuestos antes de la AFIP, es decir, presentado con el mismo número CUIL, sin tener que obtener un CUIT.
Ambos son informativos en principio, porque no significan dar el monto a pagar. Sin embargo, si de alguno de ellos surge algún saldo tributario impago, se requiere el registro formal en tributos ante la AFIP y la presentación de una declaración en la fecha de vencimiento del impuesto general, que va del 11 al 15 de junio.
Se debe presentar una declaración informativa escrita si en el período fiscal 2020, el trabajador obtuvo un ingreso bruto igual o superior a $ 2,000,000 por las siguientes actividades:
- Desempeño de los cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la CABA, incluyendo los cargos electivos de los Poderes Ejecutivo y Legislativo. Jueces, Funcionarios y Funcionarios de los Poderes Judiciales y del Ministerio de Asuntos Públicos del Estado.
- Trabajo como empleado.
- Pensión, pensión, retiro o subvención en cualquier forma siempre que provenga del trabajo personal y en la medida en que haya estado sujeta al pago de impuestos.
- Servicios personales prestados por miembros de cooperativas laborales, que trabajan personalmente en explotación, incluida la remuneración que perciben.
- Un programa de seguro de pensiones privado administrado por una entidad bajo el control del Supervisor de Seguros del Estado, que se recibe en forma de renta vitalicia de jubilación.
- Actores que reciben sus ingresos a través de la Asociación de Actores Argentinos.
Los contribuyentes y las personas responsables del impuesto sobre la propiedad personal deben presentar una declaración por escrito o una declaración de sus activos al 31 de diciembre a través de un servicio llamado Web de propiedad personal.

La presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta se debe realizar desde el mismo sitio web de la AFIP, en la opción “Ingreso Humano – Portal Integrado”, donde funciona el método simplificado.
¿Qué dicen las reglas?
La Resolución General AFIP 4003 estipula lo siguiente:
Cuando el monto bruto de ingresos de cuarta categoría (sueldos y pensiones, tributables, exentos y / o no tributables, devengados en el año fiscal 2020, sea igual o superior a $ 1,500,000 (monto elevado a $ 2,000,000 mediante Resolución 4767), el mismo El beneficiario (empleado o jubilado) debe notificar a la AFIP:
- El desglose de sus activos al 31 de diciembre de cada año, se valora de acuerdo con las regulaciones de impuestos a la propiedad personal vigentes en esa fecha. En este caso, si los bienes gravados superan el mínimo no imponible de dos millones (que tampoco se renueva), deben registrarse en la AFIP y presentar declaración determinante.
- El monto de las rentas, gastos, retenciones recibidas y retenciones sufridas, entre otros, están de acuerdo con lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta, para los sueldos y pensiones percibidos durante el año 2020. Sueldos, vínculos generales, personales, familiares y deducciones realizadas durante el pasado año.
Ventaja: advierten que los retrasos en la letra pequeña complican a la empresa
Estas obligaciones se cumplirán mediante la presentación de declaración jurada realizada en el formulario que -para cada caso- se muestra a continuación:
- En cuanto al detalle de los activos al 31 de diciembre de cada año a que se refiere el literal a): a través del servicio “Web de Activos Personales”.
- En cuanto al total de ingresos, gastos, retenciones recibidas y retenciones sufridas, entre otros a que se refiere el literal b): a través del servicio “Utilidad Humana – Portal Integrado”.
En este caso, los trabajadores y jubilados podrán optar por preparar la información a presentar a través de la opción “Régimen Simplificado”, siempre que hayan devengado durante el período fiscal exclusivamente sueldos y pensiones declarados -excepto los de directores. cooperativa – y también junto con otros ingresos de la siguiente manera:
- Para actividades cuyos beneficiarios hayan seguido el Régimen Simple para Pequeños Contribuyentes (RS).
- Para obtener beneficios económicos.
- Excluido, no alcanzado o no puede calcularse en el impuesto sobre la renta. Por ejemplo, los trabajadores del Poder Judicial.
No podrán utilizar el sistema simplificado, porque tendrán que utilizar programas comunes en términos de:
- Trabajadores que sean tenedores de activos y / o deudas en el exterior,
- El socio protector de la Compañía de Aseguramiento Recíproco que ha reducido este concepto en el cálculo de las deducciones.
- Inversores en capital emprendedor que hayan contribuido al régimen jurídico de los emprendedores. El uso del programa de finalización común requiere el registro en AFIP.

Las declaraciones escritas serán informativas, salvo que den como resultado un saldo adeudado o beneficien al contribuyente y, en la medida en que los beneficiarios de las rentas (empleados y jubilados) no estén registrados en el impuesto, podrán presentarse hasta el 30 de junio. incluido, el año siguiente en el que la información se indica en consecuencia. Si tienen que pagar algún saldo y en el caso en que estén registrados es dicho impuesto, la fecha de vencimiento es del 11 al 15 de junio, dependiendo del CUIT.
AFIP anuncia la prórroga (sin precisar fecha aún) del vencimiento de la declaración jurada, determinando (con saldo a pagar) de ambos impuestos, queda por ver si la declaración escrita informativa sobre el Impuesto sobre la Renta y los Bienes Muebles, que a partir de ahora será vence el 30 de junio, y existen dudas sobre si se actualizará el monto de ingresos requeridos para presentarlo. De lo contrario, más trabajadores se verán obligados este año a cumplir con la presentación.